¿Conoces los nuevos límites de velocidad en vías secundarias?
A partir de enero de 2019 no se pueden superar los 90 km/h en
todas las vías secundarias con ambos sentidos de circulación en la misma
calzada y un carril por sentido. El Gobierno aprobó esta medida en el último
Consejo de Ministros de 2018, el 28 de diciembre. De esta forma España quiere
homologarse con países de Europa como Bélgica, Croacia, Grecia, Italia o
Portugal. Para las motos de 125 cc, las más numerosas del parque español, es más
fácil mantener un ritmo de 90 km/h que de 100 km/h, dadas las limitaciones del
motor.
Hasta finales del año pasado el límite de velocidad genérico para
turismos y motocicletas en vías secundarias era de 100 km/h, siempre y cuando
el arcén tuviese un ancho igual o superior a metro y medio, en caso contrario
el límite genérico era de 90 km/h. Dicho límite puede excederse en 20 km/h en
vías extraurbanas -excluyendo autopistas y autovías- con el único propósito de
adelantar a un vehículo que circule por debajo de 90 km/h.
En otras palabras, la velocidad máxima de adelantamiento pasa a
ser de 110 km/h en todas las vías secundarias. Cuando existe una separación
entre sentidos de la circulación y dos carriles el límite de velocidad en caso
de adelantamiento sigue siendo igual al genérico, ya que no hay que mantenerse
en un carril de sentido contrario durante la maniobra.
Los vehículos con remolque, camiones, autocaravanas y furgonetas
de más de 3.500 kg de MMA tienen establecido su límite genérico en vías secundarias
a 80 km/h, por lo que hay cierto margen para poder adelantarlos.
Con esta medida, el Gobierno y la DGT pretenden reducir las
víctimas en vías extraurbanas secundarias, donde se concentran el 77% de los
fallecidos. Las causas más habituales de accidente son salida de la vía y
colisiones frontales por distracciones o adelantamientos mal ejecutados.
0 comentarios