Las motos y ciclomotores pueden circular por Madrid con protocolo anticontaminación
Da igual que haya escenario 1, escenario 2, 3 o 4. Estos vehículos pueden circular por la M-30 y el interior de la misma como siempre, solo han de tener en cuenta la limitación de velocidad de 70 km/h en la M-30 y dentro del perímetro de la M-40. Para los ciclomotores, ya limitados legalmente a una velocidad inferior, no hay ningún cambio apreciable.
La ciudad de Madrid adoptó a primeros de este año el nuevo protocolo de actuación ante episodios de alta contaminación por óxidos de nitrógeno o NOx. Bajo esta reglamentación se van imponiendo medidas cada vez más restrictivas en función de cómo evoluciona la contaminación. A falta de una climatología favorable, que saque el aire sucio de la ciudad, el remedio pasa por no agregar más contaminación a la zona afectada.
Aunque no se puede afirmar rotundamente que las motos, scooters de tres ruedas y ciclomotores contaminen menos que un turismo, como solución de movilidad es una buena opción dentro de un ámbito densamente urbanizado: se mueven mejor en el tráfico, ocupan menos espacio para aparcar y reducen los tiempos de desplazamiento. Puede que en un futuro más o menos cercano se impongan restricciones a las motos que no cumplan la normativa Euro 4, pero eso no está dentro de la agenda del Ayuntamiento de Madrid.
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